Comisión de Producción aprobó dictamen de proyecto de Ley SOPA

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  • miércoles, junio 28, 2017
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  • Creación  del  Seguro  Obligatorio  del  Pescador  Artesanal (SOPA) por Ley presentado por el ex Ministro de Producción Bruno Giuffra aprobó por unanimidad Comisión de Producción del Parlamento


    La  iniciativa  legislativa plantea  la  protección  social  al  pescador artesanal  independiente,  tripulantes  y  terceros  no  tripulantes  ante  la  producción  de accidentes  durante  la  faena  de  pesca,  considerando  la falta de cobertura que actualmente tiene  este  segmento  de  la  población  y  considerando  su  carácter  de  población  vulnerable.  

    Asimismo, la creación de este seguro será como una herramienta de protección ante los accidentes ocurridos durante la faena de pesca estableciendo definiciones, tales como faena de pesca y dominio marítimo.  

    Además,  plantea que el  responsable de  adquirir el  seguro es el  armador pesquero nacional  y  los  beneficiarios:  los  pescadores  artesanales  independientes, tripulantes  que realizan faenas de pesca. 

    Igualmente, delimita  la  obligatoriedad  de  contar  con  el  SOPA  a  las  embarcaciones pesqueras  que  cuentan  con  permiso  de  pesca  nacional, vigente  al  momento  del  zarpe. Asimismo, el referido artículo señala las  coberturas del seguro y expresa  a  las  empresas  que  podrán  brindar  y  emitir  la póliza  referente  al  SOPA,  considerando  el  marco  normativo  vigente  de  los  seguros  de accidentes.

    También, dispone  que  para  que  la  embarcación  pesquera  pueda  zarpar,  el  armador pesquero  nacional  deberá  haber  contratado  previamente  el  Seguro  Obligatorio  del Pescador Artesanal  (SOPA)  y mantenerlo vigente,  a fin que ante la eventualidad de un siniestro durante la faena de pesca  el seguro se  encuentre activo.   En su única disposición complementaria final, dispone el plazo para la reglamentación de la ley e indica que su implementación no generará gasto.

    Además, en la  única  disposición complementaria  transitoria,  dispone  la  aplicación de  la Ley  a partir  del  día  siguiente  de  publicado  de  su  Reglamento, y  se  concede  un  plazo  adicional para  la  adquisición  del  SOPA,  con el objeto  de dar a  los   armadores pesqueros  nacionales, un plazo de hasta ciento ochenta  (180) días calendario desde la entrada  en vigencia del citado reglamento  para contratar el SOPA.   

    Mypes

    Por otro lado, el grupo de trabajo votó por unanimidad el proyecto de ley que propone excluir a las Micro y Pequeñas Empresas (Mype) del sistema de detracciones.  Esta iniciativa modifica el artículo 3 del Decreto Legislativo 940, que modificó el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central establecido por el Decreto Legislativo 917, a fin de excluir a la pequeña y microempresa del sistema de detracciones con el objeto de favorecer su desarrollo.

    Plantea la venta de los bienes muebles o inmuebles, prestación de servicios o contratos de construcción gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV) cuyo ingreso constituya renta de tercera categoría para efecto del impuesto a la renta.

    Bodegueros

    De otro lado, el grupo de trabajo aprobó, por unanimidad, el proyecto  de  ley  para  promover  la  oferta  de  servicios  tecnológicos  a  favor  de  los bodegueros para mejorar sus niveles de competitividad en el mercado y facilitar su  acceso al financiamiento, a mecanismos de compras conjuntas, sistemas de información, simplificación de  trámites,  régimen  tributario  y  de  servicios  públicas,  seguro  de  salud,  régimen pensionario y  otros. 

    Esta iniciativa, propone reconocer  el  12  de  agosto  de  cada  año,  como  el  “Día  del Bodeguero”,  en  reconocimiento  a  una  de  las  primeras  actividades  comerciales  de  gran impacto en el desarrollo social y económico del país. Para el  efecto,  sostiene  que  la  bodega  más antigua  de  la  que  se  tiene  registro  en  el  Perú  data de  1883,  y  que  se  trata  de  pequeños  establecimientos  atendidos  en  muchos  casos  por familiares,  constituyendo  básicamente  un  servicio  de  aprovisionamiento  vecinal,  cuya continuidad  se  ve  actualmente  amenazada  por  la  aparición  de  grandes  cadenas  de  tiendas internacionales  que  pueden  expender  productos  utilizando  mecanismos    comerciales  de avanzada tecnología.

    Emolientero

    Por unanimidad, también se probó la iniciativa legislativa que declara  al  emoliente  peruano como “ bebida  saludable  nacional”,  al  estar  constituida  por  una  variedad  de hierbas,  semillas  y  otras  plantas,  con  propiedades  medicinales,  que  contribuyen  a  la  recuperación  y conservación de la salud en el Perú, desde  épocas milenarias.

    La propuesta recomienda  al  Ministerio  de  Salud,  Ministerio  de  Turismo  y  Comercio  Exterior,  Ministerio  de  la Producción  y  Colegio  de  Nutricionistas  del  Perú  a  realizar  las  acciones  pertinentes  para  la  ejecución  del objeto de la  presente ley, así como a  suscribir los convenios  necesarios con los  gremios representativos de los micros empresarios del emoliente para la aplicación de medidas de promoción, fomento y  difusión orientados a su desarrollo y uso extensivo.

    Puerto Inca

    Otro de los proyectos aprobados fue la que propone declarar de interés nacional y necesidad pública la promoción del desarrollo productivo y crecimiento empresarial de la provincia de Puerto Inca, en el departamento de Huánuco. (Fuente: Comisión de Producción del CR, Jarvi).



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